De acuerdo a lo que establecen las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) en su N° 17 o NIC 17 como suele llamársele, se establece la definición de arrendamiento de la siguiente manera: “Arrendamiento es un acuerdo por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una suma única de dinero, o una serie de pagos o cuotas, el derecho a utilizar un activo durante un periodo de tiempo determinado” (1).
El arrendamiento es básicamente una cesión temporal de los derechos de uso sobre un bien, sea este mueble o inmueble, al ente que cede este bien se le denomina arrendador y al que lo recibe con carácter temporal para su uso se le llama arrendatario, esta operación tiene un fin de lucrativo ya que el arrendatario se obliga a cancelar al arrendador una suma de dinero ya sea en un único pago o en varios pagos consecutivos establecidos a lo largo del tiempo, este acuerdo o contrato tiene un tiempo determinado y al final del mismo pueden suceder varios eventos dependiendo del tipo de arrendamiento los cuales les detallare más adelante.
(1) Normas Internacionales de Contabilidad (01-2006) Norma Internacional de Contabilidad N° 17 (NIC 17) [Documento en línea], Disponible: http://www.normasinternacionalesdecontabilidad.es/nic/pdf/NIC17.pdf [Consulta: 2010, Septiembre 25]
Fernando Te Felicito por tu blog, la verdad esta muy interactivo y bien distribuida la información.
ResponderEliminarMuy buena la presentación.